Si acertadamente el trabajador puede resultar contuso en el curso de su caminata laboral, el evento que causó el accidente no tiene ninguna relación con la bordadura que se estaba desempeñando, sino que se debió a un acontecimiento completamente foráneo e inapelable. Nos mantenemos al día con los cambios en https://medinaempresarialsst.com/accidente-de-trabajo/